PERSECUCIONES ACTIVAS

en las que durante la misma se han producido daños bien a otros vehículos, bien a mobiliario, patrimonio público o privado. En estos casos y como norma general, los daños (o lesiones ocasionadas) se incardinaran dentro de la tipología que corresponda como accidente de tráfico, actuando a todos los efectos según lo dispuesto en los protocolos establecidos.